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LOS ISP Y LOS CONTENIDOS NOCIVOS.
[16-04-02]
Noelia G.N.
Tal y como se esperaba el Parlamento Europeo ha decidido eximir a los proveedores de servicios de Internet de la obligación de perseguir y bloquear los contenidos que alberguen. Se ha optado por que continúe la autorregulación de los contenidos en Internet, a través de sistemas de calificación de contenidos, utilización de programas informáticos de filtrado y sistemas de regulación individualizados.
Con esta decisión se ha desechado la idea de que los ISP controlen los contenidos impidiendo el acceso a los mismos. No se ha de olvidar que la responsabilidad primordial de los contenidos recae sobre los autores y los suministradores de los mismos.
Sin embargo, la ausencia de control de contenidos no es absoluta ya que las autoridades judiciales pueden imponer a los ISP la obligación de supervisar contenidos presuntamente ilícitos cuando resulte necesario para garantizar la seguridad del Estado o para poder investigar y perseguir la comisión de delitos.
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