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  • La finalización de contrato con las operadoras de telecomunicaciones podrá hacerse en cualquier momento [18-04-05]  

    Un Reglamento sobre condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios fue aprobado el viernes en el Consejo de Ministros.

    A partir del mismo, algunas de las medidas que se aprueban, es que los usuarios de servicios de telefonía podrán solicitar la rescisión del contrato con la compañía en cualquier momento, aunque respetando los 15 días de preaviso; que no serán necesarios si ha habido incumplimiento del contrato por parte de la prestadora del servicio. Además se podrá solicitar indemnización en el caso de que la compañía no esté cumpliendo con las características del servicio contratado.

    En relación a los contratos, una novedad a incluir en los mismos serán los niveles individuales de calidad del servicio contratado a los que la compañía prestadora del servicio se obliga a cumplir. En los mismos deberá figurar la dirección postal y electrónica de la compañía, los teléfonos de contacto, la web y el número de atención al cliente, el cual no deberá tener un coste superior al servicio telefónico normal, evitando así la utilización de número de tarificación adicional para tales fines.

    En el momento en el que el usuario realice algún tipo de reclamación a la compañía, se le debe notificar un número de referencia de reclamación, y en caso de solicitarlo se le ofrecerá la forma de acreditar la presentación de dicha reclamación.

    Todas estas medidas se toman para proporcionar a los usuarios unos medios adecuados para hacer valer sus derechos en relación a los servicios de estas compañías.


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