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La reforma del código penal amplía el catálogo de delitos y endurece algunas penas
[25-07-06]
El anteproyecto de reforma del código penal pretende endurecer las penas de determinados delitos ya contemplados e introducir otros nuevos.
Se producen cambios en los delitos económicos y societarios, estableciendo una pena de uno a cuatro años, a los administradores de sociedades que falseen sus balances o las informaciones que la sociedad deba publicar y difundir para captar inversores u obtener créditos o préstamos. Por otro lado, se establece una pena de prisión de uno a tres años a los auditores que aprueben balances falsos.
Pertenecer a una organización criminal para delinquir, va a conllevar la imposición de una condena por el delito cometido y también por la pertenencia a esta organización en función del grado de vinculación con la misma, pudiendo suponer hasta nueve años de prisión.
Hasta ahora, el mero acceso no consentido, conocido como hacking directo (acceso indebido o no autorizado con el único ánimo de vulnerar el password sin ánimo delictivo adicional) no se encuentra penado en el código penal, no obstante, con la reforma se pretende castigar dicha conducta, por una parte el perjuicio o daño a la intimidad que se ocasione a la victima y por otra los daños que dicha conducta pueda originar. Se va a recoger específicamente, las estafas bancarias realizadas a través de Internet, es decir, la realización de compras fraudulentas con tarjetas de crédito ajenas.
Como delitos nuevos cabe señalar los siguientes: • Clonación de seres humanos para fines reproductivos. • El acoso laboral. • La conducción sin carné cuando se realice con altas tasas de alcoholemia o con exceso de velocidad.
Novedades: • Se despenaliza la fecundación de óvulos destina a la investigación. • Las agresiones y abusos sexuales a menores de 13 años serán castigadas mas duramente cuando se realicen en el marco de una organización delictiva. • La expulsión automática de los extranjeros indocumentados condenados a penas inferiores a seis años de prisión puede ser sustituida, si así lo estima el juez, por penas de privación de libertad.
Noelia García Noguera Abogados Portaley
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