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  • MECANISMOS DE SEGURIDAD PARA SUBASTAS EN LA RED [25-03-01]  

    Las nuevas tecnologías han llegado también al mercado de las subastas. Ya no es necesario acudir a presenciarlas, basta con conectarse a www.mercadolibre.com, www.eurobid.es, www.ojoporojo.com Está claro que la compraventa de artículos por Internet está estableciendo una nueva dimensión, ahora con solo revisar el correo se puede obtener el mismo resultado.

    Quienes han optado por sustituir la puja tradicional por la digital coinciden en afirmar que las nuevas formas de subastas superan con creces a las subastas presenciales, aseguran que la realidad supera con creces las expectativas. En cuanto a la seguridad que éstas ofrecen aseguran que cada sitio dispone de efectivos sistemas de confidencialidad.

    ¿Cuál es la legislación que asegura tal confidencialidad? Aunque parezca mentira las subastas online no cuentan con una regulación específica ni en España ni en ningún otro país. ¿A qué legislación se someten entonces, qué ley contempla las obligaciones de estas webs, quién protege los derechos de los apostantes?. La respuesta a todas estas preguntas simplemente es, la legislación relativa al comercio electrónico. Está claro que esta respuesta no es en absoluto ni satisfactoria ni suficiente.

    ¿Cómo funcionan estos sitios? Concretamente en Solo Arte 2000 para poder acceder a una subasta online es necesario darse de alta como usuario registrado. El registro se hace online mediante la cumplimentación de un formulario y el pago se realiza a través del sistema de pago online en una entidad bancaria, accesible una vez que se ha rellenado el formulario de alta. El alta se da por completada cuando el banco certifique el pago realizado para su registro. Por experiencia puedo afirmar que esta es de las pocas webs que determinan claramente las obligaciones del usuario y de la web (obligación de realizar la puja en euros, determina el valor de cambio respecto de la peseta, obligación del usuario de mantener los datos relativos al registro de forma privada, determina las condiciones del contrato, etc.).

    Esta nueva forma de realizar las subastas contempla también la necesidad de nuevas regulaciones, de contemplar nuevas situaciones hasta ahora desconocidas como la necesidad de avisar al usuario cuando su puja sea superada, la calidad de los objetos subastados, la efectiva recepción por parte del comprador del objeto subastado, el pago, etc.

    A esta nueva moda de subastas a través de Internet también se ha sumado la Agencia Tributaria que ha comenzado a realizar subastas a través de la red persiguiendo entre otras cosas la posibilidad de que cualquiera pueda acceder a las subastas de la Administración Tributaria y poniendo fin así al acceso único que tenían hasta ahora los subasteros.

    A pesar de lo dicho anteriormente parece que las subastas online no terminan de despegar. Nadie se atreve a dar cifras y quien lo hace parece que nunca dice la verdad. Unos dicen que se adjudican al mes el 25% de los artículos de venta y otros afirman que esta cifra es imposible porque ellos venden el 15% de los artículos. Parece por lo tanto que las subastas online están desiertas. Pero si esto es verdad ¿de qué viven? Efectivamente los ingresos de estas webs son su mayor punto débil. La mayoría de las webs sólo facturan por publicidad, aunque parece que en breve también lo harán por transacción. Pero ¿van a poder estos sitios generar tantos ingresos que cubran los costes de gestión si los ingresos por publicidad disminuyen?.

    Parece que la solución está en cobrar en función del volumen de las operaciones. Por ejemplo: 500.000 pesetas si la transacción ronda los 85 millones. Aunque a corto plazo parece que esta es la solución adecuada el éxito de estos portales pasa por disponer de un sistema tecnológico puntero de gestión de subastas.

    El mayor obstáculo de estas webs es la falta de regulación lo que les impide captar mayor número de internautas. Existen importantes quejas de los usuarios en relación a las demoras en las entregas, al pago. Parece claro que mientras no exista una regulación específica y clara en este tema las subastas online no van a terminar de despegar y es una pena que en este punto el derecho no se haya adelantado a la tecnología.


    Talia Besga
    Especialista Derecho Nuevas Tecnologías
    tbesga@delitosinformaticos.com




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