Fecha última actualización: 7 de Octubre
de 2004
Comparativo de reformas operadas
en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de Noviembre, del Código Penal
por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre
Autora: Eva Blanco Martínez
Abogada
Vicesecretaria Sección Dº Procesal de la Real Academia de Jurisprudencia
y Legislación
ARTÍCULO 256:
ANTERIOR REDACCIÓN
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NUEVA REDACCIÓN
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El que hiciere uso de cualquier equipo terminal
de telecomunicación, sin consentimiento de su titular, ocasionando
a éste un perjuicio superior a cincuenta mil pesetas, será
castigado con la pena de multa de tres a doce meses. |
El que hiciere uso de cualquier equipo terminal
de telecomunicación, sin consentimiento de su titular, ocasionando
a éste un perjuicio superior a 400 euros, será castigado con
la pena de multa de tres a 12 meses. |
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