Fecha última actualización: 7 de Octubre
de 2004
Comparativo de reformas operadas
en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de Noviembre, del Código Penal
por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre
Autora: Eva Blanco Martínez
Abogada
Vicesecretaria Sección Dº Procesal de la Real Academia de Jurisprudencia
y Legislación
ARTÍCULO 376:
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NUEVA REDACCIÓN
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En los delitos previstos en los artículos 368
al 372, los Jueces o Tribunales, razonándolo en sentencia,
podrán imponer la pena inferior en uno o dos grados a la señalada
por la Ley para el delito de que se trate, siempre que el
sujeto haya abandonado voluntariamente sus actividades delictivas,
y se haya presentado a las autoridades confesando los hechos
en que hubiera participado y haya colaborado activamente con
éstas, bien para impedir la producción del delito, bien para
obtener pruebas decisivas para la identificación o captura
de otros responsables o para impedir la actuación o el desarrollo
de las organizaciones o asociaciones a las que haya pertenecido
o con las que haya colaborado. |
En los casos previstos en los artículos 368
a 372, los jueces o tribunales, razonándolo en la sentencia,
podrán imponer la pena inferior en uno o dos grados a la señalada
por la Ley para el delito de que se trate, siempre que el
sujeto haya abandonado voluntariamente sus actividades delictivas
y haya colaborado activamente con las autoridades o sus agentes
bien para impedir la producción del delito, bien para obtener
pruebas decisivas para la identificación o captura de otros
responsables o para impedir la actuación o el desarrollo de
las organizaciones o asociaciones a las que haya pertenecido
o con las que haya colaborado.Igualmente, en los casos previstos
en los artículos 368 a 372, los jueces o tribunales podrán
imponer la pena inferior en uno o dos grados al reo que, siendo
drogodependiente en el momento de comisión de los hechos,
acredite suficientemente que ha finalizado con éxito un tratamiento
de deshabituación, siempre que la cantidad de drogas tóxicas,
estupefacientes o sustancias psicotrópicas no fuese de notoria
importancia o de extrema gravedad. |
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