Fecha última actualización: 7 de Octubre
de 2004
Comparativo de reformas operadas
en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de Noviembre, del Código Penal
por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre
Autora: Eva Blanco Martínez
Abogada
Vicesecretaria Sección Dº Procesal de la Real Academia de Jurisprudencia
y Legislación
ARTÍCULO 53.1.3 y .4:
ANTERIOR REDACCIÓN
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NUEVA REDACCIÓN
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1. Si el condenado no satisficiere, voluntariamente
o por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeto a
una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación
de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que
podrá cumplirse en régimen de arrestos de fin de semana.También
podrá el Juez o Tribunal, previa conformidad del penado, acordar
que la responsabilidad subsidiaria se cumpla mediante trabajos
en beneficio de la comunidad. En este caso, cada día de privación
de libertad equivaldrá a una jornada de trabajo. |
1.Si el condenado no satisficiere, voluntariamente
o por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeto a
una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación
de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que,
tratándose de faltas, podrá cumplirse mediante localización
permanente. En este caso, no regirá la limitación que en su
duración establece el artículo 37.1 de este Código.También
podrá el juez o tribunal, previa conformidad del penado, acordar
que la responsabilidad subsidiaria se cumpla mediante trabajos
en beneficio de la comunidad. En este caso, cada día de privación
de libertad equivaldrá a una jornada de trabajo. |
3. Esta responsabilidad subsidiaria
no se impondrá a los condenados a pena privativa de libertad
superior a cuatro años. |
3. Esta responsabilidad subsidiaria
no se impondrá a los condenados a pena privativa de libertad
superior a cinco años. |
4. El cumplimiento de la responsabilidad subsidiaria
extingue la obligación de pago de la multa, aunque el reo
mejore de fortuna. |
4. El cumplimiento de la responsabilidad subsidiaria
extingue la obligación de pago de la multa, aunque mejore
la situación económica del penado. |
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