6º Cualquiera otra que tenga aquella condición
en virtud del Protocolo II Adicional de 8 de junio de 1977
o de cualesquiera otros Tratados internacionales en los que
España fuere parte. |
6º El personal de Naciones Unidas y personal asociado,
protegidos por la Convención sobre la Seguridad del Personal
de las Naciones Unidas y del Personal Asociado, de 9 de
diciembre de 1994.
7.º Cualquier otra que tenga aquella condición en virtud
del Protocolo II Adicional de 8 de junio de 1977 o de cualesquiera
otros Tratados internacionales en los que España fuere parte.
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