Serán castigados con la pena de arresto de tres
a seis fines de semana o multa de uno a dos meses los que,
encontrando abandonado a un menor de edad o a un incapaz,
no lo presenten a la autoridad o a su familia, o no le presten,
en su caso, el auxilio que las circunstancias requieran. |
1. Serán castigados con la pena de localización permanente
de seis a 12 días o multa de 12 a 24 días los que, encontrando
abandonado a un menor de edad o a un incapaz, no lo presenten
a la autoridad o a su familia o no le presten, en su caso,
el auxilio que las circunstancias requieran.
2. El que incumpliere obligaciones familiares establecidas
en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial
en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración
de nulidad del matrimonio, proceso de filiación o proceso
de alimentos a favor de sus hijos, que no constituya delito,
será castigado con la pena de multa de 10 días a dos meses
o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a 30 días.
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