Fecha última actualización: 7 de Octubre
de 2004
Comparativo de reformas operadas
en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de Noviembre, del Código Penal
por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre
Autora: Eva Blanco Martínez
Abogada
Vicesecretaria Sección Dº Procesal de la Real Academia de Jurisprudencia
y Legislación
ARTÍCULO 81.2ª:
ANTERIOR REDACCIÓN
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NUEVA REDACCIÓN
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2ª Que la pena impuesta, o la suma de las impuestas
en una misma sentencia, no sea superior a los dos años de
privación de libertad. |
2.ªQue la pena o penas impuestas, o la suma
de las impuestas, no sea superior a dos años, sin incluir
en tal cómputo la derivada del impago de la multa. |
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