Última actualización:
11 de abril 2005
Ley de Biotecnología y Constitución: reclamo
para el debate público sobre los transgénicos en Brasil
La cuestión de los transgénicos y los avances biotecnológicos
en Brasil, de modo general, está siendo discutida con mucha pasión
y poca razón. Ha nacido una batalla argumentativa entre los defensores
y los opositores de los productos genéticamente modificados en el
país. Sin embargo, paralelamente a la vía pasional, es necesario
destacar, principalmente a los gobernantes, que es la propia Constitución
la que demanda mayores precauciones en las profundas decisiones
tomadas en esta esfera.
En cuanto al debate legislativo de promulgación de
una Ley de Bioseguridad, ceder a las presiones de los agricultores
que cultivan soja de manera ilegal con fines exclusivamente económicos,
no es propio de una democracia. Las medidas urgentes y necesarias
del Gobierno brasileño se justifican por sí solas, pero más por
fines electorales y populistas que por los fundamentos explicados
al pueblo en los medios.
Es cierto que los avances biotecnológicos siempre
fascinarán al hombre. Éste, en el transcurso de la historia, cuando
se pone delante de los nuevos descubrimientos va a estar íntimamente
alcanzado por la pregunta sobre si estaría permitido hacer todo
aquello de lo que es capaz. La bioética es una ciencia que proliferó
con mayor evidencia alrededor de los años 70, justamente, por la
tentativa de trazar límites y principios sostenibles a los avances
científicos y a la creatividad humana, sin coartar la propia naturaleza
inventiva. Pero el ser humano, en sus dilemas científicos suele
encontrarse con otras cuestiones que terminan por afectar a la razón:
factores sociales, políticos, económicos y similares.
Esto es justamente lo que ocurre, en estos momentos
en nuestro país. No se le está concediendo a la sociedad la oportunidad
de debatir sobre los transgénicos, de la forma honesta que se merecería,
sólo apenas a un restringido grupo detentor de los poderes económicos
y políticos a fin de coaccionar a los demás brasileños en su voluntad.
Se ve aquí porque no se trata de una polémica entre la voluntad
de una mayoría y la de una minoría. Más que eso, se trata de una
cuestión constitucional, que pertenece a los derechos fundamentales
de los ciudadanos lo mismo que el derecho a un medio ambiente equilibrado.
La Constitución Federal impone que el patrimonio genético
del país será salvaguardado en su diversidad, tanto por el pueblo
como por el propio Poder Público, para las presentes y futuras generaciones.
Más aun, ordena a los gobernantes el deber de regular las sustancias
que comporten riesgos para el medio ambiente, la vida o la calidad
de la misma. Siendo así, es preferible, antes de tomar una actitud
imprudente como la de editar una medida provisional, que el Poder
Público atienda a los principios de precaución (garantía contra
los riesgos potenciales que, de acuerdo con el estado actual de
conocimiento, no pueden ser todavía identificados) de que toda sustancia
derivada de la biotecnología es sospechosa hasta que se demuestre
lo contrario. Solamente así, sería honesta y estaría legítimamente
constituida la representación de su pueblo que tiene como estatuto
mayor la propia Constitución.
Arthur Magno e Silva Guerra
Abogado Brasileño
(Traducción del portugués: Besana)
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