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La OMPI resolverá las controversias que puedan surgir en el dominio ".edu"
[28-10-02]
La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) y EDUCAUSE, el administrador del dominio ".edu", han firmado un acuerdo en el que se designa a la OMPI como el único prestador de servicios de solución de controversias para el dominio ".edu". El dominio ".edu" está restringido al ámbito regional, en concreto a las instituciones norteamericanas que conceden diplomas universitarios, y es uno de los primeros dominios de nivel superior genéricos, junto con ".com", ".org", y ".net".
El Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI aplicará una versión modificada de la Política Uniforme, adaptada al dominio ".edu" (eduDRP), que constituye un método rápido y de bajo coste para resolver las controversias de "ciberocupación" que se produzcan en el dominio ".edu". El Centro de la OMPI es el principal prestador de servicios de solución de controversias en virtud de la Política Uniforme y de otras políticas conexas relacionadas con otros nombres de dominio.
Cuando se someta una controversia de este tipo a la OMPI, el Centro comprobará que todas las cuestiones de forma son correctas, nombrará a un grupo de expertos de una lista de juristas estadounidenses de prestigio, y notificará la decisión que adopten estos expertos independientes. Para que un grupo de expertos resuelva en favor de un demandante, éste debe demostrar que el dominio objeto de la controversia es idéntico o engañosamente similar a una marca registrada, que la otra parte no tiene un interés legítimo en el nombre de dominio y que el demandado ha registrado y utilizado el nombre de dominio de mala fe.
Una de las características del acuerdo entre la OMPI y EDUCAUSE es que los grupos que resuelven estos casos tienen que estar compuestos por expertos estadounidenses. En la lista de la OMPI de expertos en nombres de dominio figuran, entre otros, 102 abogados estadounidenses especialistas en arbitraje, mediación, Derecho de marcas, legislación y jurisprudencia de Internet y otros ámbitos relacionados con este campo.
Antecedentes La Política eduDRP es la versión adaptada al dominio ".edu" de la Política Uniforme, la cual es aplicable a los dominios genéricos de nivel superior (gTLD) y a los dominios de nivel superior correspondientes a códigos de países que la aplican, y fue aprobada por el administrador técnico del espacio de gTLD, a saber, la Corporación de Asignación de Números y Nombres de Internet (ICANN), el 26 de agosto de 1999. La Política Uniforme constituye un sistema administrativo uniforme y vinculante de solución de controversias en relación con registros de mala fe y abusivos de nombres de dominio. En el marco de este sistema, los grupos de uno o tres expertos, designados por el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI, aplican procedimientos simplificados, rápidos y rentables a la hora de examinar las demandas y poner fin a los abusos sobre los derechos de los titulares de marcas registradas. El Mecanismo de Solución de Controversias en materia de Nombres de Dominio ha sido creado por la OMPI específicamente para abordar las controversias que puedan surgir en materia de nombres de dominio, ofrece la posibilidad de tramitar los casos por medios electrónicos y constituye un eficaz sistema de administración de casos. Hasta la fecha, el Centro ha recibido más de 4.280 casos a los que se ha aplicado la Política Uniforme, de los cuales más del 95% han sido resueltos, cada uno de ellos en un plazo aproximado de 50 días. Hasta el mes de septiembre de 2002, se han sometido al Centro 19.763 casos en virtud de las diversas políticas sobre nombres de dominio.
Para más información acerca de los servicios del Centro de Arbitraje y Mediación y de la OMPI pueden consultar: http://arbiter.wipo.int/domains/index-es.html
Información adicional acerca de EDUCAUSE, consultar http://www.educause.edu/edudomain/index.asp.
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