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  • Dos grupos parlamentarios piden que se destruyan los materiales de los delitos contra la propiedad intelectual e industrial [23-07-03]  

    Los Grupos Parlamentarios en el Congreso, Catalán y Vasco, han presentado una enmienda de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a través de la futura Ley de Reforma del Código Penal, que permitiría destruir las pruebas de supuestos delitos contra la propiedad industrial e intelectual antes de celebrarse el juicio oral. Esta medida está permitida hoy en día por el ordenamiento jurídico español en el caso de delitos contra la salud pública (narcotráfico) o en el tráfico de armas.

    Según la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Catalán a la que ha tenido acceso www.delitosinformaticos.com, se prevé modificar la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para que en el supuesto de materiales incautados derivados de delitos contra la propiedad intelectual o industrial (como CD, casetes o DVD “piratas”), se pueda decretar su destrucción siempre y cuando resulte conveniente la misma por el peligro real o potencial que puede suponer su almacenamiento. Para ello, se ordenará la práctica urgente de un examen pericial y, posteriormente, se decretará su destrucción.

    Según el Grupo Parlamentario Catalán, la conveniencia de destrucción de los materiales señalados, se da por los siguientes motivos:

    - Actualmente los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado tienen serios problemas con el almacenamiento de mercancías intervenidas en presuntos delitos.
    - Se prevé que exista un aumento de las incautaciones de estos elementos, por lo que, el problema de la falta de espacio se acrecentaría. Este aumento de incautaciones estará motivado porque estos delitos serán perseguibles de oficio según la reforma del Código Penal y ya no sería necesario denuncia del agraviado, como exige hoy en día la legislación española.
    - Actualmente es relativamente habitual que los materiales derivados de supuestos delitos contra la propiedad intelectual e industrial desaparezcan, lo que conduce irremediablemente al sobreseimiento y archivo de diligencias.
    - Existe una Propuesta de Directiva que aconseja la destrucción de estos materiales.
    - Existe legislación nacional en otros países de la Unión Europea en la que está permitida la destrucción de estas mercancías ilícitas (como en el caso de Italia).

    Además, en la Enmienda del Grupo Parlamentario Catalán también se hace hincapié en que la destrucción de estos objetos no debe estar exenta de garantías, dado que se exigirá un informe pericial previo y urgente para determinar si la mercancía incautada es auténtica o falsificada y, además, también se prevé que se conserven muestras a efectos probatorios.


    Fuentes:
    - www.hispamp3.com
    - Web del Grupo Parlamentario Catalán: www.convergencia-i-unio.org/gpc


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