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  • La LSSI será modificada por el Gobierno [27-10-03]  

    La ley que entró en vigor el 12 de octubre del 2002 será objeto de modificaciones mediante otra
    ley, la Ley de Firma de Electrónica.

    El objetivo es introducir una nueva enmienda que añade una disposición adicional, por la que se modificará el regimen sancionador de la LSSI y se introducirá una regulación para los "dialers".

    La utilización de "dialers" deberá ser notificada al usuario que se le vaya a instalar y contar con su consentimiento expreso, en caso de no hacerlo asi el ISP podría tener que hacer frente a sanciones con una cuantía entre los 30.001 y 150.000 euros. Además se considerará infracción grave el incumplimiento respecto a la retención de datos de tráfico por parte de los prestadores de servicios.

    Se pretende fijar también el plazo máximo de realización de los expedientes sancionadores en un periodo nunca superior a tres meses.

    Otra innovación es que se le otorga competencias en esta materia a la APD (Agencia de Protección de Datos): envío de correos tipo 'spam', uso sin permiso del correo electrónico en operaciones de comercio electrónico y los incumplimientos en las solicitudes para no recibir propaganda.

    En la misma reunión se acordaron otras siete enmiendas al proyecto de Ley de Firma Electrónica. Una de ellas modificará el artículo 326 de la Ley de Enjuiciamiento Civil para que sea la norma dedicada a la rúbrica digital la que regule la eficacia de un documento electrónico.



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