Condenada a indemnizar con 1.000€ por llamarle “moroso” y “estafador” en Facebook y Twitter
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a una persona por acoso ya que cree probado que utilizó, en un primer momento el correo electrónico y posteriormente a través de las redes sociales Facebook y Twitter, para lanzar expresiones como “moroso” y “estafador”.
Se le condena a pagar 1.000 € en concepto de daños morales, además de una multa de 120 euros.
Los comentarios que se vertieron en Internet eran principalmente de índole económica y sin aportar ninguna prueba.
El daño que se puede producir a la reputación de una persona utilizando Internet, puede ser enorme, ya que por un lado los comentarios pueden llegar a un número muy alto de personas, y pueden quedar durante mucho tiempo en Internet, siendo accesibles durante un tiempo indeterminado.
También se pueden utilizar otros medios para realizar este tipo de acciones, como acusaciones a través de Youtube, donde se utiliza el vídeo como medio de comunicación.
Así lo vemos en el caso de un video compartido en Youtube donde una mujer contaba mediante hojas de cuaderno el calvario que había pasado con su novio. Supuestamente, un hombre con licencia de armas la maltrataba. El "supuesto" maltratador presentó la correspondiente querella contra esta mujer.
El Ministerio Fiscal ha hecho público que en el último año ha habido un gran aumento de denuncias por injurias y amenazas en las redes sociales.
Este tipo de delitos, una vez denunciados ante las fuerzas policiales, suelen acabar en condena, ya que la mayoría de los acusados reconocen los hechos.
El uso de las redes sociales, al realizar comentarios, subidas de fotos o vídeos hacen que se pongan nombre y apellidos a las personas y se identifiquen a las mismas de una manera clara.
Más información
http://www.expansion.com/2013/03/15/juridico/1363376332.html
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