Nuevo Proyecto de Ley contra el redondeo de precios en telefonía

Rebeca Peña
Abogados portaley

El pasado 4 de octubre, la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso aprobó una Ley cuyo proyecto fue remitido al Senado, encaminada a proteger a los consumidores de prácticas abusivas como el redondeo de precios en determinados servicios o la publicidad engañosa.

Prohibición de la práctica del redondeo. Aparcamientos y operadores de telefonía.

Los aparcamientos y las operadoras de telefonía tendrán que tarificar sus servicios por minutos y segundos respectivamente, es decir, deberán cobrar "el precio determinado en función del tiempo real de prestación del servicio" sin posibilidad de "redondeos a unidades de tiempo no efectivamente consumidas o utilizadas".

En la actualidad, la práctica totalidad de las compañías telefónicas tarifican por segundos a sus clientes. No obstante, la fracción más pequeña que utilizan la mayoría de los “parkings” es la de la media hora. Una vez que la Ley entre en vigor, las empresas de aparcamientos tendrán un plazo de cinco meses adaptar sus sistemas y empezar a cobrar únicamente por los minutos que el vehículo ha estado estacionado.

Con la nueva normativa se quiere dar mayor claridad a las modalidades de cálculo del precio y proteger a los usuarios de los abusos a que con frecuencia se han visto sometidos al tener que pagar por servicios no prestados.

Publicidad engañosa. Compañías aéreas.

Respecto a las compañías aéreas, la Ley obligará a que se informe del precio completo incluidas las tasas y los impuestos. Así, en toda información al consumidor sobre el precio de los bienes y servicios, incluida la publicidad, se informará del precio final completo, desglosando el importe de los incrementos o descuentos que sean de aplicación.

Una compañía aérea no podrá publicitar vuelos a un precio que no incluya impuestos y tasas de viaje, y que por tanto pueda inducir al usuario a pensar que el billete es mucho más barato de lo que luego resulta cuando efectivamente se completa el proceso de reserva y/o compra.

La oferta, promoción y publicidad falsa o engañosa de productos, actividades y servicios será perseguida y sancionada como fraude.

La cancelación de los contratos por parte del usuario.

Tras la entrad en Vigo de la Ley el consumidor podrá ejercer su derecho a poner fin al contrato en la misma forma en que lo celebró. Así, cuando un usuario quiera darse de baja de un servicio tendrá las mismas condiciones que cuando se dio de alta, sin ningún tipo de sanción, tales como la pérdida de las cantidades abonadas por adelantado o el abono de cantidades por servicios no prestados efectivamente.

Vivienda.

En cuanto a la vivienda, el proyecto de Ley prohíbe que se trasladen al comprador los gastos que corresponden claramente al vendedor, como los impuestos en los que aparece como sujeto pasivo o los gastos de conexiones a los suministros generales de la vivienda (como el enganche del suministro de agua o el alcantarillado).

También establece libertad para elegir el préstamo hipotecario que tenga que solicitar el comprador prohibiéndose que se le penalice si no se subroga en la hipoteca que tenía el vendedor.

Servicios de información y atención al cliente.

Será obligatoria la existencia de una atención personal directa, más allá de la posibilidad de utilizar complementariamente otros medios técnicos a su alcance.

 

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6 Responses

  1. Fernando dice:

    Es una magnífica noticia, pero aún no se ha publicado en el BOE.

    Una vez en el Senado se pueden hacer tres cosas:

    – Aprobarla sin enmiendas. En este caso sería sancionada por el Rey y se publicaría en el Boletín Oficial del Estado.
    – Aprobarla con enmiedas. En este caso volvería al Congreso para que valide las enmiedas o las rechace por mayoría simple.
    – Vetarla. En este caso el Congreso podría levantar el veto por mayoría absoluta, o simple transcurridos dos meses.

    Para más información, ver artículo 90 de la Constitución Española.

  2. Enrico Tausini dice:

    Las compañias de telefonos mundiales,manejan las tarifas de sus servicios,y ellos ponen los precios

  3. Sisco M.Zappa dice:

    Que yo sepa, al alcance de todos, de las compañias de móviles en España, sólo Vodafone tarifica por segundos, en una de sus modalidades de contrato.

    Eso de «en la actualidad, la práctica totalidad de las compañias telefónicas tarifican en segundos» no es cierto.

  4. Rafael dice:

    ¿Cuándo entrará en vigor esta ley?

    ¿Lo sabéis?

  5. Alex dice:

    Se supone que ya ha entrado en vigor, el 1 de Enero de 2007.

  6. Francisso Javier dice:

    Estoy muy de acuerdo con todo lo expuesto, pero porque no se a hecho eso desde que el euro empezo a caminar, hay cosas tan simples como la propia bolsa de la compra, que a subido mas de un 150 o 250 por ciento, por poner un ejemplo, si antes se tomaba uno un refresco de lata por 60 ptas, ahora te lo cobran a 1,20 o sea 200 ptas.
    Buen redondeo verdad.
    Es una lastima que nosotros los asalariados, no podemos subirnos el sueldo igual que los politicos, que cada mes que van cobrando les resulte mas facil esto de la conversión y lo del redondeo, y al siguiente año, se suben un 300 por ciento lo del IPC.
    vista las cosas como estan y que creo que van a peor para los asalariados, la miseria en España o lo que va quedando de ella, se incrementara cada año mas.
    Siempre salen ejemplos en los medios de las grandes compañias de telefonia, aereas, electricas, de todo.
    Pero nunca salen a reludir la engañosa propaganda que se hizo del cambio que habria con la peseta al euro.
    Los ingleses lo vieron venir.

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