Condenada Esquerra Unida por la web que se burla de Calatrava

El juez ha decretado que la web calatravatelaclava.com, que fue creada por Esquerra Unida del País de Valencia (EUPV), debe ser suprimida en un máximo de 20 días por considerar que es una «intromisión ilegítima en el derecho fundamental al honor» del arquitecto Santiago Calatrava.

calatrava

 

 

Además, la coalición deberá pagar 30.000 euros al autor y publicar la sentencia en la web hasta que sea cerrada. También debe ser borrada la página de Facebook vinculada a esta web.

 
El arquitecto ya había pedido una indemnización de 600.000 euros, al entender que la web había proyectado una imagen negativa sobre su persona que le había llevado a perder encargos arquitectónicos. El juez ha considerado esta petición excesiva y ha alegado que no está suficientemente acreditado el daño sufrido.

 
EUPV, a través de Ignacio Blanco, diputado en las Cortes Valencianas, ha dicho que estudia apelar la sentencia, al no estar conforme con el fallo del tribunal.
Aunque la web se considerada legal, el juez considera que el nombre del dominio “indica claramente” que el arquitecto “no es una persona fiable”, y que lo describe “con evidente sorna e intencionalidad” como un arquitecto “que no actúa con la necesaria profesionalidad y honradez, sino que te engaña, te traiciona, te estafa, se enriquece injustamente, abusa de tu confianza y otras interpretaciones en esta misma línea”.

 
El magistrado ha indicado que el «honor y la dignidad constituyen el mayor y más fundamental de los derechos de la persona después del derecho a la vida y la integridad física; e incluso en algunos casos que hemos conocido, por delante».Y considera que el título del dominio «no puede ser mantenido públicamente».

 
Otra cosa bien distinta ha sido el fallo sobre el contenido de la web, integrado por artículos, documentos oficiales y opiniones de los dirigentes de Esquerra Unida, de los cuales el juez ha dicho que «si bien puede decirse que en su casi totalidad resultan poco favorables a la labor profesional del arquitecto o bien se relacionan con defectos y vicios constructivos» de sus obras, se inscriben «dentro de los límites de la crítica como reflejo del derecho también fundamental a la libertad de expresión». De hecho, el juez reconoce que algunos de los documentos contenidos en la página son de “interés público”, como los «contratos suscritos entre el señor Calatrava y la Administración autonómica, de difícil acceso por los particulares».

 

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