La Agencia De Protección De Datos Sanciona a empresas por dejar visibles las direcciones de correo en sus emails.

Numerosas empresas españolas ya han tenido que enfrentarse a una multa impuesta por la APD de entre 600 y 3.000 euros por revelar datos privados de sus clientes o de personas que les habían facilitado su email con fines informativos.

Es muy habitual enviar emails a varios destinatarios, incluyendo sus direcciones de correo en el apartado “PARA” de nuestro gestor de correo, de manera que todos los destinatarios saben a que personas se les ha enviado dicho correo, lo cual, en principio no tendría por que suponer un problema para los mismos. Sin embargo, pensemos en una empresa que envía un email rechazando las aspiraciones de posibles candidatos a optar a un puesto de trabajo, en este caso, la persona rechazada e incluida en este correo electrónico podría incomodarse por el hecho de que el resto de candidatos conozcan que ha solicitado dicho empleo, su cuenta de correo y además, que ha sido rechazado.

Introduciendo los correos electrónicos en el campo de copia oculta (CCO en español y BCC si se utiliza un programa en inglés) se evita que los destinatarios sepan a quien se ha enviado el mensaje, mientras que las direcciones incluidas en los campos para y CC son visibles para todas las personas que reciban el e-mail.

Para: que es a quien va dirigido el correo
CC: (Con Copia), que es a quien se envía una copia de correo
CCO o BCC: (Con Copia Oculta) que es a quien se envía una copia de correo.

Empresas como la inmobiliaria Sánchez Romero  o la empresa de recursos humanos Human Management ya han sido sancionadas por la APD al entender esta que con esta forma de enviar correos electrónicos se vulnera el "deber de secreto" contemplado en el artículo 10 de la Ley Orgánica.

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