El inicio del curso comienza con una nueva reforma del Código Penal
El Gobierno estudia una nueva reforma del Código Penal que revierta en una mayor protección a las víctimas y estima que el borrador entre en el Congreso de los Diputados antes de final de año.
La reforma se centrará en los siguientes puntos:
1- Los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales están recogidos en el Tïtulo VIII del Código Penal, y va a ser una de las materias objeto de la reforma.
2- Se pretende elevar las penas a los violadores. Actualmente el artículo 178 CP establece una pena de 1 a 4 años a quien atente contra la libertad sexual de otra persona con violencia o intimidación.
3- Dicha reforma introducirá, así mismo, lo que el Ministro Mariano Fernández Bermejo denomina “soluciones post-delincuenciales de control” a los criminales patológicos, tales como pulseras que permitan un seguimiento telemático, que una vez cumplidas sus condenas sean puestos en libertad y no estén rehabilitados.
Es crucial en este caso, establecer un mecanismo válido (distinto claro está al existente) que determine y certifique cuando un criminal con un perfil tan peligroso como un pederasta esta “rehabilitado”.
4- Una de las medidas mas novedosas es la creación de un registro específico de violadores y pederastas que permita que los Juzgados y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado habilitados puedan contrastar esta información, y no se den casos como el de Mari Luz, de manera que un Juez pueda consultar este archivo y ver si el condenado por un delito de pederastia tiene otras condenas anteriores por el mismo delito.
Por supuesto, únicamente podrán consultar dicho registro policías, jueces y fiscales, ya que se trata de datos de carácter personal protegidos por la L.O. 15/99, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
5- En cuanto a la protección a los menores, el tráfico de los mismos realizado por las mafias de inmigración ilegal será castigado con penas mas elevadas, con lo cual se pretende disuadir a los patrones de los cayucos de inmigrantes que llegan a nuestro país y que tren consigo a menores de edad incluidos bebés.
También se endurecen las penas para los delitos de agresión y abusos sexuales (Arts. 181 y ss. C.P), prostitución infantil (art. 187 C.P) y pornografía infantil (art. 189 C.P.)
Ninguna de las reformas se aplicará con carácter retroactivo. La Constitución Española establece en su artículo 9.3 lo siguiente: La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
Así mismo, el artículo 2.1 C.P. establece que: “No será castigado ningún delito ni falta con pena que no se halle prevista por Ley anterior a su perpetración(……)”
Últimos comentarios