Cómo protege el Código Penal los archivos informáticos de una empresa

Todos los usuarios que disponen de archivos personales, aunque afecta en mayor medida a las empresas, están expuestos al riesgo de su robo, deterioro o mala utilización. Debido a que normalmente nuestros archivos están en continuo cambio y circulación, podría producirse un daño o robo de estos ficheros que nos provocase daños de diversos tipos.

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Las empresas pueden tomar medidas legales sin han sido víctimas de estos delitos. El Código Penal recoge en su artículo 264 el delito de daños informáticos, por el cual establece una pena de prisión de entre 6 meses y 2 años “el que por cualquier medio, sin autorización y de manera grave borrase, dañase, deteriorase, alterase, suprimiese, o hiciese inaccesibles datos, programas informáticos o documentos electrónicos ajenos, cuando el resultado producido fuera grave.”

Muchos de estos delitos son cometidos por personas ajenas a la empresa, aunque en un gran porcentaje de los casos son los propios empleados los que hacen un mal uso de estos archivos o los sustraen sin permiso de la empresa. Aunque existen datos muy relevantes sobre el número de daños informáticos en empresas por los propios trabajadores, normalmente las empresas suelen actuar de manera sigilosa y resuelven el conflicto de manera interna, sin apelar a la ley nacional.

Los daños informáticos más frecuentes llevados a cabo por el personal de la empresa son el robo, destrucción o manipulación de documentos, muchas veces motivados por desavenencias con la empresa o con afán de venganza.

Aunque las empresas sean partidarias de solucionar estos problemas de forma interna, conviene que se explique a los trabajadores el riesgo que entrañan este tipo de acciones, y explicando que tiene consecuencias legales claras. Este es el pilar básico de la lucha contra los delitos informáticos dentro de la propia empresa. Prevenir estos actos hablando a los trabajadores de sus consecuencias puede evitar que una empresa sea víctima de esta clase de delitos.

Otro tipo de prevención básica es restringir el acceso a los documentos más importantes, o transformarlos en archivos de “solo lectura”, de forma que solo pueda modificarlos el autor. Así, estaríamos seguros de que solo el destinatario tiene acceso a esa información y que no puede ser modificada por cualquiera.

Aún así, ninguna empresa está de todo a salvo de estos delitos, por lo que es importante mantener una vigilancia constante en busca de estos comportamientos y tomar medidas antes de que se extiendan. En caso de haberse producido, lo mejor es tomar medidas legales para que no se vuelva a producir.

 

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1 Response

  1. Raul Ramírez Castilla dice:

    No deja claro el artículo el delito informático y su vínculo con los archivos.

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