Condenado por suplantar la identidad de su excuñado
Con el auge tecnológico de las redes sociales, la suplantación de identidad se ha vuelto cada vez más común; aunque no se limita, por supuesto, exclusivamente a este término. De hecho, en Granada ocurrió una serie de eventos motivados a esta procedencia que no parecía tener fundamento alguno. Conócelo a continuación.
Eran aproximadamente las 6 de la mañana, del 3 de junio de 2012, cuando la Guardia Civil detuvo a un vehículo en la conocida Autovía A-44. Cuando le hicieron las preguntas correspondientes al conductor para que se identificara, manifestó no portar la documentación del auto ni la personal; de manera que, la autoridad le solicitó los datos para realizarle las respectivas sanciones. Éste entregó, lo que se creían, sus datos.
Una simple detención por seguridad se convirtió en una extensa y dilatada sucesión de mentiras que fueron avaladas por dos cómplices que acompañaban al conductor durante el acontecimiento, en un intento de encubrirlo. Aquél día, cuando el sol estaba a medio despuntar, le colocaron dos multas: una por no portar ningún tipo de documentación que le autorizara a conducir, y otra por no tener en regla el seguro del vehículo.
Hasta entonces todo parecía transcurrir como se esperaba en una situación como la presente; no obstante, al poco tiempo le llegó a una persona que desconocía tal situación, dichas multas. Y como es de suponer, durante la sentencia de la Audiencia Provincial de Granada afirmó que “nada sabía de estos hechos”; sin embargo, tuvo que pagar al menos unos 200 euros de las sanciones. Quién, algún tiempo después descubrió que, había sido víctima de suplantación de identidad, nada más y nada menos que, por su excuñado.
Claro que, la cadena de hechos no llegó hasta ahí, y en un intento de “enderezar el entuerto”, uno de los acompañantes del conductor en cuestión, y cómplice de la situación, quien es el verdadero propietario del automóvil al que se expidieron las multas, intentó evadir las sanciones correspondientes por no estar asegurado el coche. Para ello, falsificó un documento de venta, a fin de constatar ante la Dirección General de Tráfico, que el verdadero culpable había comprado el vehículo unas semanas antes.
Cuando parecía que se había llegado a lo que parecía una larga e interminable cadenas de mentiras, recayeron sobre el excuñado de la víctima las multas pertinentes por suplantación de identidad y por la elaboración de un contrato falso de la venta del coche.
No fue sino hasta el 2015 cuando todo el embrollo parecía encauzarse, ya que en el juicio se demostró que la venta del vehículo jamás existió. Mas, fue en el 2016 cuando la justicia finalmente le dio la causa a la víctima.
Por su parte, al culpable le correspondió en sentencia cumplir varios meses de prisión; mientras que a los implicados se les otorgó una multa de 900 euros cada no. Aunado a ello, en los estatutos quedó determinado que el culpable y el primer cómplice estaban obligados a devolverle los 200 euros al perjudicado.
El delito de usurpación de identidad es un delito de alta gravedad, y se concibe cuando una persona asume la identidad de otra persona ya sea en público o en privado; esto naturalmente se genera con el propósito de obtener créditos u otros beneficios, perjudicando a la persona. La mayoría de las veces conlleva a la difamación para fines criminales, y este caso, por supuesto, no fue la excepción.
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